LA RESPONSABILIDAD DE PROTEGER (R2P). LOS DERECHOS HUMANOS Y EL CONSEJO DE SEGURIDAD

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Resumen

La adopción, en 1948, de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio pareció que abría una nueva era en la vida internacional en que prácticas como esa quedarían en el pasado histórico. La realidad mostró que ese instrumento internacional no fue suficiente frente a la arbitrariedad de gobiernos. Acciones genocidas continuaron desarrollándose y para aminorar el sufrimiento humano se recurrió a la llamada “intervención humanitaria” como respuesta a la inacción del Consejo de Seguridad, la que también trajo consigo arbitrariedades en su invocación, desacreditándola. Ante los reiterados llamados del Secretario General de Naciones Unidas para prevenir y detener masivas violaciones a los derechos humanos, se ha tratado de normar un tipo de intervención, alejándola de arbitrariedades, mediante la cual la comunidad internacional pueda responder a masivas violaciones a los derechos humanos. Eso se ha dado en llamar Responsabilidad de Proteger.

 


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ULDARICIO FIGUEROA PLÁ
Biografía del autor/a

ULDARICIO FIGUEROA PLÁ, Academia Diplomática de Chile

FIGUEROA PLÁ, U. (1). LA RESPONSABILIDAD DE PROTEGER (R2P). LOS DERECHOS HUMANOS Y EL CONSEJO DE SEGURIDAD. Revista Política Y Estrategia, (119), 13-33. https://doi.org/10.26797/rpye.v0i119.110

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